El Consejo de Estado rechazó las pretensiones promovidas por Jorge de Jesús Morales Rodríguez y otros, que en una acción de grupo pretendían declarar responsable al Ministerio de Defensa, el Ejército Nacional, la Policía Nacional, al Ministerio de Hacienda, al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS) y la Unidad para las Víctimas
Los accionantes reclamaban presuntos daños derivados del conflicto armado interno entre 1984 y 2015, indicando que habían sido víctimas de desplazamiento forzado en el departamento del Meta y reclamaban una indemnización colectiva por perjuicios materiales, morales y extrapatrimoniales por 5.275 billones de pesos.
El caso fue asumido por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE) que logró demostrar que la acción de grupo no cumplía con los requisitos formales mínimos exigidos por la ley, debido que no existían condiciones uniformes entre los presuntos afectados ni un nexo causal común respecto de los hechos que dijeron debieron soportar.
La demanda no podía operar como una acción de grupo, porque el número de accionantes se reduce solamente a lo alegado por el demandante y, además, se quiere vincular a todos los desplazados del país, cuando eso afecta la identificación concreta del grupo afectado, indicó la Sección Tercera del Consejo de Estado, a cargo de la revisión de la demanda en segunda instancia.
El máximo tribunal de lo contencioso confirmó la decisión de Tribunal de Cundinamarca que estudió el caso en primera instancia, acogió los argumentos presentados por la ANDJE orientados a proteger de manera efectiva los intereses patrimoniales del Estado colombiano y dio por terminado el proceso, evitando así una condena sin sustento jurídico.












